La nueva Ley 21.595 sobre Delitos Económicos incluye el título “Atentados contra el ambiente”, adaptando de esta forma la definición internacional de “Crimen de Ecocidio” a la legislación chilena.

La inclusión de delitos de grave afectación ambiental en su Código Penal, convierten a Chile en el primer país del mundo en adoptar los elementos de la definición internacional del ecocidio.

En países como México, Brasil, Argentina, Italia o Bélgica también se han presentado iniciativas parlamentarias para adoptar el ecocidio a sus legislaciones nacionales, esfuerzos que aún no han visto la luz.

El término “Ecocidio” fue acuñado por el biólogo Arthur Galston en la Conferencia de Washington sobre la guerra y la responsabilidad nacional en 1970; y usado posteriormente por el ex primer ministro de Suecia, Olof Palme, en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Ambiente de 1972, cuando repudió el uso de defoliantes químicos durante la guerra de Vietnam, así como el napalm contra bosques y población.

También conocida como la “ley de delitos de corbata” o “de guante blanco“, la 21.595 constituye la mayor reforma al Código Penal chileno de la última década porque sistematiza e incorpora nuevos delitos contra el mercado de valores, delitos bancarios, malversación de caudales públicos, cohecho, delitos tributarios y delitos contra el ambiente.

Antes de la promulgación de esta ley, los delitos contra el medio ambiente se encontraban dispersos en diferentes cuerpos legales (Código de Aguas, Ley de Bosques, Ley sobre Monumentos Nacionales, entre otros) con penas que podían alcanzar como máximo los 5 años de cárcel dependiendo del delito cometido, y sin criterios claros en las redacción, lo que facilitaba la apelación e impunidad del eventual acusado.

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